lunes, 29 de junio de 2009

Manuel Zelaya: las Tiranias Legalizadas. 2da. Parte

Roberto Micheletti, actual Presidente de Honduras, cuando le colocaba a Zelaya la banda presidencial en la toma de posesión del derrocado Presidente Hondureño.
La reelección presidencial en América Latina ha tomado dimensiones solo creíbles en los cuentos o novelas del gran boom literario latinoamericano. Muchos países han optado por la reelección presidencial indefinida, como el caso de Venezuela y en Bolivia; en la hermana Colombia se estudia la posibilidad de que Alvaro Uribe pueda lanzarse a elecciones por tercera vez y consecutivamente. En Honduras, Miguel Zelaya quiso hacer de las suyas y pretendía convocar a un referéndum para cambiar la carta magna de ese pueblo centroamericano, y así poder alargar su período presidencial y optar además por la reelección, pero lo que ignoraba él era que su congreso y su tribunal de justicia harían respetar su constitución. Las reelecciones son desfavorables y perjudiciales si no existen apropiados mecanismos y fuertes leyes de control al poder presidencial. Además la modificación de la constitución le puede permitir al que está en el poder presidencial crear leyes que en vez de democratizar los poderes y el Estado lo tiranicen.

En el artículo 4 del Capítulo I de la Organización del Estado de la Constitución de la República de Honduras se lee claramente:


“ARTICULO 4.- La forma de gobierno es republicana, democrática y representativa. Se ejerce por tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, complementarios e independientes y sin relaciones de subordinación.
La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es obligatoria.
La infracción de esta norma constituye delito de traición a la Patria.”

Luego en esta misma constitución pero en el artículo 239 y 374 en el Capítulo VIdel Poder Ejecutivo se lee:

“ARTICULO 239.- El ciudadano que haya desempeñado la titularidad del Poder Ejecutivo no podrá ser Presidente o Designado.
El que quebrante esta disposición o proponga su reforma, así como aquellos que lo apoyen directa o indirectamente, cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos, y quedarán inhabilitados por diez años para el ejercicio de toda función pública.”
“ARTICULO 374.- No podrán reformarse, en ningún caso, el artículo anterior, el presente artículo, los artículos constitucionales que se refieren a la forma de gobierno, al territorio nacional, al período presidencial, a la prohibición para ser nuevamente Presidente de la República, el ciudadano que lo haya desempeñado bajo cualquier título y el referente a quienes no pueden ser Presidentes de la República por el período subsiguiente.”


Es fácil ver y entender que el primero que rompió con el hilo constitucional fue el mismo presidente Manuel Zelaya al querer cambiar su constitución para poder posesionarse en el poder indefinidamente. Con esto no justifico del todo el golpe de estado perpetrado ayer en Honduras, pero sí creo que los organismos internacionales como la OEA y la ONU tienen que revisar y estudiar las causas que originaron este movimiento político de los militares y del congreso hondureño. En mi pobre opinión, sospecho y opino que devolver a Zelaya a la presidencia es desconocer la validez de la constitución hondureña y darle puerta abierta no solo a Manuel Zelaya sino también a los demás presidentes del hemisferio con hambres de poder en perpetuarse en el gobierno de sus países y alimentar a que sigan proliferando en nuestros ya cansados pueblos las Tiranías Legalizadas.


Por Félix Esteves

No hay comentarios:

Publicar un comentario